Estos contenidos formativos se corresponden con lo establecido en Anexo IV apartado 8 punto 3 de la Resolución de 29 de diciembre de 2021 de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo estatal de la industria, las nuevas tecnologías y los servicios del sector del metal.

A.Definición de los trabajos: Instalaciones provisionales de obra. Bajantes. Instalación colgada. Instalaciones en locales (servicios, cocinas, baños, etc.). Urbanizaciones, pozos, arquetas, etc.

B. Técnicas preventivas específicas: Aplicación del plan de seguridad y salud en la tarea concreta. Evaluación de riesgos en el caso de que no exista plan. Protecciones colectivas (colocación, usos, obligaciones y mantenimiento). Protecciones individuales (colocación, usos, obligaciones y mantenimiento).

C. Medios auxiliares, equipos y herramientas: Equipos portátiles y herramientas. Equipos de soldadura. Andamios. Pequeño material, etc.

D. Verificación, identificación y vigilancia del lugar de trabajo y su entorno: Riesgos y medidas preventivas necesarias. Conocimiento del entorno del lugar de trabajo y del tránsito por el mismo. Planificación de las tareas desde un punto de vista preventivo.

E. Interferencias entre actividades: Actividades simultáneas o sucesivas.

F. Derechos y obligaciones: Marco normativo general y específico. Organización de la prevención. Fomento de la toma de conciencia sobre la importancia de involucrarse en la prevención de riesgos laborales. Participación, información, consulta y propuestas.